Foto de archivo
El bajo caudal de los ríos afectó el ciclo biológico
de esta especie, que no encuentra un ambiente
propicio para el desove
SANTIAGO DEL ESTERO.- El Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras de Santiago del Estero extendió la veda para la pesca del dorado hasta el 31 de noviembre del 2014, a fin de permitir el desove y fecundación de la especie.
La medida tuvo en cuenta que el bajo caudal registrado en el ecosistema fluvial santiagueño afectó el ciclo biológico normal del dorado, que no encuentra un ambiente propicio para el desove.
Fuentes de la Dirección de Fauna y Pesca explicaron que sólo se admitirá la pesca e inmediata devolución del ejemplar y recomendaron el uso de anzuelos lisos o sin rebaba, quedando prohibidos el transporte y la comercialización de la especie.
Entre los ejemplares y cupos permitidos por pescador figuran las especies de tararira o soco, 8 piezas con 40 centímetros de tamaño mínimo; bagres, bogas y sábalos, 10 piezas con tamaño mínimo de 30 centímetros.
Asimismo, quedó prohibido el uso de explosivos, redes, yo-yo, canasta, flechas y tramayo. Solo se permite emplear caña, reel, anzuelo y carnada viva o señuelo, desde la orilla o embarcados.
Las autoridades señalaron que los puentes, caminos y banquinas no son lugares habilitados para la práctica de la pesca deportiva, a fin de resguardar la seguridad de los transeúntes y vehículos. (Télam)
La medida tuvo en cuenta que el bajo caudal registrado en el ecosistema fluvial santiagueño afectó el ciclo biológico normal del dorado, que no encuentra un ambiente propicio para el desove.
Fuentes de la Dirección de Fauna y Pesca explicaron que sólo se admitirá la pesca e inmediata devolución del ejemplar y recomendaron el uso de anzuelos lisos o sin rebaba, quedando prohibidos el transporte y la comercialización de la especie.
Entre los ejemplares y cupos permitidos por pescador figuran las especies de tararira o soco, 8 piezas con 40 centímetros de tamaño mínimo; bagres, bogas y sábalos, 10 piezas con tamaño mínimo de 30 centímetros.
Asimismo, quedó prohibido el uso de explosivos, redes, yo-yo, canasta, flechas y tramayo. Solo se permite emplear caña, reel, anzuelo y carnada viva o señuelo, desde la orilla o embarcados.
Las autoridades señalaron que los puentes, caminos y banquinas no son lugares habilitados para la práctica de la pesca deportiva, a fin de resguardar la seguridad de los transeúntes y vehículos. (Télam)
Fuente: La Gaceta
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